Todo lo que mueve tu mundo.Información documentada

Antes de ver un coche usado: qué pedir al vendedor

Los datos y documentos que conviene pedir antes de una visita, cómo contrastarlos con la DGT y cuándo descartar un coche de segunda mano.

Comprador revisando en una tableta la documentación de un coche usado antes de concertar una visita
Imagen de AutosOcasion

Lo esencial

Antes de desplazarte, pide la matrícula, la identificación documental del coche, la versión, la fecha de primera matriculación, el kilometraje declarado, el número de titulares, el motivo de venta y las imágenes del permiso de circulación y de la tarjeta ITV. Con esos datos, solicita por tu cuenta el informe de la DGT: el reducido es gratuito y permite detectar incidencias; el completo añade datos como ITV, kilometraje, titulares, cargas, campañas pendientes y mantenimiento registrado. Nada de ello sustituye una inspección precompra independiente ni la comprobación física del vehículo.

La preselección empieza antes de la visita

La primera conversación con el vendedor sirve para decidir si el anuncio merece un desplazamiento, no para certificar que el coche está en buen estado. Pide datos concretos por escrito o en un mensaje conservable: matrícula, marca y versión exacta, fecha de primera matriculación, kilometraje declarado, número de titulares y motivo de venta. Solicita también fotografías legibles del permiso de circulación y de la tarjeta ITV, además del número de bastidor para poder cotejarlo cuando veas el vehículo.

Con la matrícula puedes pedir tú mismo un informe de la Dirección General de Tráfico. El informe reducido es gratuito y permite confirmar la identificación, comprobar si el vehículo está de alta y advertir incidencias, cargas o impedimentos. Si aparece una incidencia, la propia DGT recomienda obtener un informe detallado o acudir a sus oficinas antes de continuar con la compra.

No confundas una respuesta rápida del vendedor con una verificación. Que facilite documentos reduce incertidumbre documental, pero el informe oficial, la revisión presencial y, si procede, una inspección precompra siguen siendo pasos distintos.

Referencias de esta sección: Informe de un vehículo ↗ · Comprar un vehículo de segunda mano ↗

  • Pide que el kilometraje sea una cifra, no expresiones como «pocos kilómetros».
  • Guarda el anuncio, las respuestas y los documentos recibidos; te ayudarán a comparar la información posterior.
  • Si el vendedor evita dar la matrícula o envía imágenes ilegibles, no entregues una señal para reservar la visita.
Comprador anotando matrícula, kilometraje y documentos solicitados al vendedor de un coche usado
Imagen de AutosOcasion

Documentos y fuentes: qué dato te permite decidir

La documentación del vendedor permite comparar lo anunciado con lo que figura en los papeles, mientras que el informe de la DGT aporta una capa de contraste administrativo. La tarjeta ITV anota el resultado de la inspección, su fecha, el número de informe y hasta cuándo es válida. Además, los resultados de las ITV se comunican electrónicamente al Registro de Vehículos el mismo día de la inspección.

El informe completo de la DGT es especialmente útil antes de formalizar la operación: incluye, entre otros elementos, historial de ITV, kilometraje, número de titulares, cargas, datos técnicos, campañas pendientes de subsanar y mantenimiento registrado. Este último apartado no equivale a un historial universal: se refiere a reparaciones y revisiones realizadas por talleres adscritos al libro electrónico de mantenimiento de la DGT.

Pide facturas y libro de mantenimiento si existen y compáralos con las fechas y kilometrajes disponibles. Una laguna documental no demuestra por sí sola una manipulación o una avería; sí justifica pedir explicaciones y elevar el nivel de revisión antes de decidir.

Información que conviene reunir antes de decidir si visitas el coche
Dato solicitadoDocumento o fuente para contrastarloDecisión antes de la visita
Matrícula e identificación del vehículoInforme reducido o completo de la DGT; permiso de circulaciónConfirmar identificación, alta e incidencias iniciales
Fecha de primera matriculaciónInforme reducido de la DGT; documentación del vendedorComprobar que encaja con el anuncio
Kilometraje declaradoInforme completo de la DGT, historial de ITV y facturas disponiblesPedir explicación si la evolución no es coherente
Número de titularesInforme completo de la DGTValorar el historial de titularidad con el resto de datos
ITV vigenteTarjeta ITV e informe completo de la DGTSaber si el coche puede circular y si merece una visita
Cargas o limitacionesInforme completo de la DGTParar la operación o exigir solución documental previa
Mantenimiento y campañasInforme completo DGT y justificantes aportadosDetectar lagunas y asuntos pendientes de confirmar

Referencias de esta sección: Informe de un vehículo ↗ · Real Decreto 920/2017, por el que se regula la inspección técnica de vehículos ↗

  • Comprueba que marca, modelo, matrícula y fechas sean coherentes entre anuncio, permiso de circulación, tarjeta ITV e informe.
  • Revisa la progresión de kilometraje y pregunta por cualquier salto o dato que no encaje.
  • Pregunta si hay campañas pendientes y pide acreditar su realización; el informe completo puede indicar llamadas a revisión pendientes.
Documentación de un coche usado comparada con un informe de vehículo en una tableta
Imagen de AutosOcasion

Cargas, bajas y reservas: incidencias que no conviene minimizar

El informe de vehículo no es un trámite accesorio. La DGT recomienda solicitar el informe completo antes de adquirir un usado para comprobar si existen embargos, precintos, procedimientos concursales u otras cargas administrativas o judiciales. Estas situaciones pueden afectar decisivamente a la transferencia o exigir que conozcas formalmente la carga antes de comprar.

Hay tres casos que justifican detener la operación hasta aclararlos. Primero, una baja temporal: el vehículo no puede transferirse mientras el vendedor no lo dé de alta. Segundo, impuestos locales pendientes o sanciones pendientes: según la DGT, impiden la transferencia. Tercero, una reserva de dominio inscrita: puede impedir el cambio de titularidad hasta acreditar el pago completo, obtener de la financiera la carta de cancelación y cancelar la carga en el Registro de Bienes Muebles.

Un embargo o un precinto no deben quedar en una explicación verbal. La DGT indica que el comprador ha de ser informado y, si continúa con la compra, firmar un documento que acredite conocer esa situación. En la práctica, no avances con una señal mientras no entiendas qué incidencia figura, quién debe resolverla y qué condición escrita vincula el pago a su solución.

Referencias de esta sección: Informe de un vehículo ↗ · Comprar un vehículo de segunda mano ↗

  • Descarta la urgencia como argumento para asumir una carga que no comprendes.
  • No aceptes que el vendedor prometa resolver una reserva de dominio después de cobrar sin una condición escrita clara.
  • Si el informe reducido alerta de una incidencia, pasa al informe completo antes de fijar la visita o negociar el precio.

Pregunta por reparaciones, siniestros y reformas con pruebas comprobables

Pregunta directamente si el coche ha sufrido un siniestro, reparaciones relevantes o modificaciones. Pide que la respuesta vaya acompañada de facturas, informes o documentación disponible, no solo de afirmaciones genéricas. La ITV periódica está orientada a comprobar la aptitud para circular, y la norma contempla también inspecciones voluntarias y controles para vehículos accidentados con daños importantes en la estructura o en elementos de seguridad. Por ello, una ITV favorable no sustituye una valoración técnica específica sobre daños ocultos o reparaciones previas.

Las modificaciones merecen una comprobación adicional. Cuando una modificación es una reforma tipificada, su tramitación puede requerir, según el caso, proyecto técnico, informe de conformidad y certificado de taller. Tras la reforma, el titular debe presentar el vehículo a inspección técnica en un máximo de quince días; si el resultado es favorable, se diligencia la tarjeta ITV o se expide una nueva.

Antes de ir, pregunta qué se modificó, cuándo, quién lo realizó y qué documentos conserva el vendedor. Al ver el coche, contrasta la documentación aportada con el vehículo real. Si hay una reforma relevante sin respaldo documental suficiente, aplaza la compra hasta conocer su situación administrativa.

Referencias de esta sección: Real Decreto 920/2017, por el que se regula la inspección técnica de vehículos ↗ · Real Decreto 866/2010, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos ↗

  • Pide copias de facturas de reparaciones importantes que el vendedor declare.
  • Pregunta por modificaciones de elementos del vehículo y por su documentación asociada.
  • No deduzcas que un coche no ha tenido daños solo porque no haya facturas: solicita una inspección independiente si hay dudas.

Lo que no se puede certificar a distancia

Ni los papeles, ni el historial administrativo, ni las fotografías permiten confirmar a distancia el estado mecánico, el desgaste real, posibles daños ocultos o el resultado de un diagnóstico electrónico. Tampoco una documentación ordenada elimina la necesidad de comprobar que el número de bastidor, el equipamiento y el estado visible del coche coinciden con lo recibido antes de la visita.

Aplaza la compra y plantea una inspección precompra independiente si hay incoherencias entre anuncio, documentos e informe; si faltan justificantes de una reparación o reforma importante; si el vendedor impide revisar el coche con calma; o si pretende cerrar la operación antes de que puedas consultar la DGT. El objetivo no es demostrar que exista un problema, sino evitar decidir con información insuficiente.

Si finalmente compras, el contrato debe identificar a comprador y vendedor, marca, modelo y matrícula, precio, fecha y hora de firma, y debe estar firmado por ambas partes en todas sus hojas. Tras la firma, el comprador dispone de 30 días para solicitar el cambio de titularidad. Si la ITV está caducada, no se puede circular con el vehículo: debe trasladarse a la estación mediante grúa u otro medio autorizado.

Referencias de esta sección: Informe de un vehículo ↗ · Comprar un vehículo de segunda mano ↗

  • Visitar: documentación coherente, informe sin incidencias bloqueantes y disposición a una revisión presencial.
  • Pedir más información: faltan facturas, existen lagunas de kilometraje o hay reformas que necesitan aclaración.
  • Descartar o parar: baja temporal, cargas sin resolver, impedimento de transferencia o presión para entregar dinero sin condiciones escritas.
  • No entregues una señal sin dejar por escrito importe, condiciones, motivo de devolución y qué ocurrirá si aparece una incidencia documental o técnica.
¿Puede pedir el comprador un informe de la DGT si no es el titular?

Sí. Salvo el informe de vehículos a nombre del interesado, que requiere ser titular o estar autorizado, la DGT indica que el resto de informes puede solicitarlo cualquier persona.

¿Basta con el informe reducido de la DGT para comprar?

No. Es gratuito y permite comprobar identificación, alta e incidencias iniciales, pero el informe completo aporta información adicional como ITV, kilometraje, titulares, cargas, campañas pendientes y mantenimiento registrado. Tampoco sustituye la inspección física o profesional.

¿Qué ocurre si el coche está de baja temporal?

No puede transferirse hasta que el vendedor, como titular, lo dé de alta. Es una situación que conviene resolver antes de seguir con la compra.

¿Puedo circular para pasar la ITV si la ITV del coche comprado está caducada?

No. La DGT señala que no se puede circular con él y que debe trasladarse a la estación ITV mediante grúa u otro medio autorizado.

Fuentes y evidencias

Informe de un vehículo Dirección General de Tráfico (DGT) · Consultada 06.09.2026
Comprar un vehículo de segunda mano Dirección General de Tráfico (DGT) · Consultada 06.09.2026
Vender un vehículo de segunda mano Dirección General de Tráfico (DGT) · Consultada 06.09.2026
Real Decreto 920/2017, por el que se regula la inspección técnica de vehículos Boletín Oficial del Estado (BOE) · Consultada 06.09.2026
Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998 Boletín Oficial del Estado (BOE) · Consultada 06.09.2026
Cómo trabajamos

Sigue explorando