Impuesto de circulación: quién lo paga, cómo se calcula y qué comprobar en tu ayuntamiento
El IVTM no tiene una cuota única para toda España. Averigua qué titular debe abonarlo, qué significa la potencia fiscal, qué municipio lo recauda y cómo revisar bonificaciones y recibos antes de comprar un coche.

Lo esencial
El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) es municipal y, para vehículos ya existentes, se devenga el 1 de enero. La potencia fiscal del coche, el domicilio del permiso de circulación y la ordenanza local explican que dos vehículos parecidos paguen importes diferentes.
Respuesta rápida: es un impuesto municipal y la fecha decisiva es el 1 de enero
El llamado impuesto de circulación es, técnicamente, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). Es un tributo directo que grava la titularidad de los vehículos aptos para circular por las vías públicas. No debe confundirse con el impuesto estatal sobre determinados medios de transporte, vinculado a la primera matriculación definitiva, ni con tasas que pueda exigir una administración por otros trámites.
En un vehículo que ya existe, el período impositivo coincide con el año natural y el impuesto se devenga el primer día de ese período. En términos prácticos, el recibo anual corresponde a la persona, empresa o entidad que figura como titular en el permiso de circulación el 1 de enero. Una compraventa privada realizada después no borra por sí sola el impuesto ya devengado para ese ejercicio.
La cifra final no sale de una tarifa nacional única. En un turismo intervienen dos datos principales: los caballos fiscales (CVF) que constan en la documentación técnica y la ordenanza del municipio competente. El ayuntamiento puede elevar las cuotas estatales mediante coeficientes, dentro del límite legal. También puede establecer determinadas bonificaciones dentro de los márgenes previstos por la ley.
Referencias de esta sección: Ley Reguladora de las Haciendas Locales: IVTM, artículos 92 a 99 ↗ · Primera matriculación de medios de transporte ↗
- Para presupuestar el IVTM, identifica primero el municipio que figura en el permiso de circulación.
- Pide la tarjeta ITV o certificado de características: el dato relevante es la potencia fiscal en CVF, no los kW anunciados.
- Si vas a comprar un usado durante el año, acuerda expresamente con la otra parte cómo repartiréis económicamente un recibo que legalmente ya se ha devengado.

Qué vehículos tributan y quién debe pagarlo en una compra, una baja o un robo
El IVTM alcanza, con carácter general, a los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por vías públicas. Por eso, antes de asociar el impuesto únicamente al uso real del coche, conviene revisar su situación administrativa.
El sujeto pasivo es quien conste como titular en el permiso de circulación. Si el coche se vende en marzo, el cambio de titularidad es esencial para los ejercicios posteriores, pero no altera automáticamente quién era el obligado por el devengo del 1 de enero. Barcelona lo expresa de forma directa: debe pagar quien era titular en esa fecha, incluso si vende o cambia la titularidad después.
Hay excepciones relevantes al criterio anual completo. En la primera adquisición y en la baja definitiva, la cuota se prorratea por trimestres naturales. También procede el prorrateo en caso de baja temporal por sustracción o robo, desde que esa circunstancia queda anotada en el registro público correspondiente. No conviene equiparar una baja definitiva con una simple venta: son hechos distintos y tienen consecuencias diferentes.
Referencias de esta sección: Ley Reguladora de las Haciendas Locales: IVTM, artículos 92 a 99 ↗ · Autoliquidación del IVTM ↗
- En una compra de ocasión, comprueba que el cambio de titularidad se vaya a formalizar correctamente.
- Solicita al vendedor el último recibo disponible y conserva copia, aunque ese documento no sustituye la comprobación de la documentación del vehículo.
- Si existe una baja definitiva o una baja temporal por sustracción, revisa la anotación registral y consulta al ayuntamiento cómo se aplicará el prorrateo.
- No presupuestes una devolución o reducción por haber vendido el coche sin verificar que concurre uno de los supuestos legales de prorrateo.

Cómo se calcula en un turismo: caballos fiscales y coeficiente municipal
Para saber cómo se calcula el impuesto de circulación de un coche, empieza por localizar los CVF. La potencia fiscal se calcula conforme al anexo V del Reglamento General de Vehículos y se consigna en la tarjeta ITV o en el certificado de características. No es lo mismo que la potencia del motor expresada en kW, ni una conversión directa de los CV o kW comerciales.
La Ley Reguladora de las Haciendas Locales fija para los turismos cinco tramos de caballos fiscales y unas cuotas mínimas estatales. Cada ayuntamiento puede incrementarlas aplicando un coeficiente de hasta 2, que incluso puede ser distinto por clase y tramo de vehículo. La ordenanza municipal es, por tanto, imprescindible para pasar de una estimación estatal a una cifra aplicable en un lugar concreto.
Barcelona ilustra el efecto del coeficiente: su ordenanza vigente desde el 1 de enero de 2025 aplica el coeficiente 2 a turismos. Así, duplica las cuotas de referencia de cada tramo. Es un ejemplo de cálculo local, no una tarifa trasladable a otro municipio.
| Potencia fiscal del turismo | Cuota estatal de referencia | Cuota en Barcelona 2025 (coeficiente 2) |
|---|---|---|
| Menos de 8 CVF | 12,62 € | 25,24 € |
| De 8 a 11,99 CVF | 34,08 € | 68,16 € |
| De 12 a 15,99 CVF | 71,94 € | 143,88 € |
| De 16 a 19,99 CVF | 89,61 € | 179,22 € |
| 20 CVF o más | 112,00 € | 224,00 € |
Referencias de esta sección: Ley Reguladora de las Haciendas Locales: IVTM, artículos 92 a 99 ↗ · Reglamento General de Vehículos: cálculo de la potencia fiscal ↗ · Ordenanza fiscal 1.2 del IVTM 2025 y sucesivos ↗
- Localiza el campo de potencia fiscal en CVF en la tarjeta ITV antes de consultar cuotas.
- Encaja el vehículo en uno de los cinco tramos de turismos.
- Consulta la ordenanza vigente del ayuntamiento competente: no extrapoles la cuota de Barcelona, Madrid u otro municipio.
- Revisa después si existe una exención o bonificación aplicable, porque puede modificar el importe final.
Qué ayuntamiento cobra el IVTM y cómo corregir el domicilio
La gestión, liquidación, inspección y recaudación del IVTM corresponden al ayuntamiento del domicilio que consta en el permiso de circulación. No depende necesariamente del municipio en el que se aparca habitualmente el coche, de dónde se compró ni de la localidad del vendedor. Por ello, dos coches con idéntica potencia fiscal pueden pagar distinto si su domicilio registral está en municipios con ordenanzas diferentes.
Si te mudas a otro municipio, la DGT indica que debes cambiar el domicilio fiscal de los vehículos para pagar los impuestos donde corresponde. Esta actualización evita que el impuesto siga asociado a un domicilio anterior y permite consultar la ordenanza que realmente afectará al vehículo en adelante.
Para comprobarlo, compara el domicilio que aparece en el permiso de circulación con tu situación actual y busca en la sede electrónica o portal tributario del ayuntamiento la ordenanza del IVTM. Verifica que sea la versión aplicable al ejercicio que quieres estimar.
Referencias de esta sección: Ley Reguladora de las Haciendas Locales: IVTM, artículos 92 a 99 ↗ · Cambio de domicilio dentro de España ↗
- Revisa el domicilio del permiso de circulación, no solo el empadronamiento o la dirección de tu seguro.
- Si has cambiado de municipio, tramita la actualización del domicilio fiscal del vehículo según las indicaciones de la DGT.
- Guarda la ordenanza consultada y el recibo: son la referencia para revisar una cuota concreta.
- Si detectas datos discordantes, consulta con el ayuntamiento competente antes de asumir que el importe es erróneo.
Exenciones y bonificaciones: comprueba la norma local y el plazo de solicitud
La ley incluye exenciones estatales para determinados supuestos, entre ellos ambulancias y vehículos destinados directamente a asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos. También contempla vehículos para personas con movilidad reducida y vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo, además de maquinaria agrícola. Para varios de estos casos —movilidad reducida, vehículos de personas con discapacidad y maquinaria agrícola— la persona interesada debe solicitar la concesión al ayuntamiento.
Las bonificaciones no son todas automáticas ni uniformes. La ley permite a los ayuntamientos regular una bonificación de hasta el 75 % en función de la clase de carburante o de las características del motor y de su incidencia ambiental. Asimismo, permite una bonificación de hasta el 100 % para vehículos históricos o con una antigüedad mínima de 25 años, si así lo establece la ordenanza fiscal.
Las diferencias locales son importantes. Madrid publica para vehículos matriculados desde el 1 de enero de 2026 una bonificación del 75 % para los de distintivo CERO, de carácter indefinido, y para los ECO durante seis años, bajo sus condiciones y con domicilio en Madrid. Barcelona prevé para determinados turismos Cero emisiones una bonificación del 75 % durante los primeros cinco años, mientras que ciertos ECO de gasolina con emisiones de hasta 120 g/km de CO2 tienen el 50 % durante los primeros cinco años. No basta, por tanto, con mirar el distintivo ambiental: hay que leer la ordenanza de tu municipio y confirmar condiciones, vigencia y trámite.
Referencias de esta sección: Ley Reguladora de las Haciendas Locales: IVTM, artículos 92 a 99 ↗ · Ordenanza fiscal 1.2 del IVTM 2025 y sucesivos ↗ · Bonificación medioambiental del IVTM para vehículos matriculados ↗
- Distingue exención de bonificación: ambas reducen la carga, pero tienen base y requisitos distintos.
- No des por hecho que el distintivo ambiental genera una rebaja automática.
- Comprueba si debes presentar una solicitud, qué documentos exige el ayuntamiento y cuál es el plazo aplicable.
- En coches históricos o de 25 años o más, verifica primero que la ordenanza municipal haya establecido la bonificación.
Checklist para revisar un recibo o estimar el coste antes de comprar
Antes de cerrar la compra de un coche usado, pide documentación suficiente para calcular el IVTM sin suposiciones. La tarjeta ITV permite identificar los caballos fiscales; el permiso de circulación permite comprobar quién figura como titular y qué domicilio consta. El último recibo puede servir como referencia; para estimar la cuota, consulta la ordenanza aplicable al ejercicio.
Para revisar un recibo recibido, contrasta el titular, el municipio competente, el tramo de CVF y la ordenanza vigente. Si la cifra parece inesperada, evita partir de los kW del motor o de comparativas con un coche de otra localidad: los kW y las cuotas de otro municipio no determinan por sí solos el IVTM aplicable. Integra el IVTM en el presupuesto anual junto con seguro, mantenimiento y combustible o energía; puedes ordenar esos conceptos en la herramienta de coste anual del vehículo.
El control documental también reduce fricciones en una transmisión. Si la operación se realiza una vez iniciado el año, deja por escrito entre comprador y vendedor cualquier compensación económica que acordéis sobre el IVTM. Ese pacto privado puede repartir el coste entre las partes, pero no cambia por sí mismo el criterio legal de devengo ni sustituye los trámites de cambio de titularidad y de domicilio cuando correspondan.
Referencias de esta sección: Ley Reguladora de las Haciendas Locales: IVTM, artículos 92 a 99 ↗ · Reglamento General de Vehículos: cálculo de la potencia fiscal ↗ · Autoliquidación del IVTM ↗
- Pide tarjeta ITV: confirma los CVF y evita usar los kW como base de cálculo.
- Pide permiso de circulación: revisa titularidad y domicilio del vehículo.
- Consulta la ordenanza del municipio del permiso para el ejercicio correspondiente.
- Comprueba si hay exención, bonificación, límite temporal o solicitud pendiente.
- Conserva recibo, ordenanza y justificantes de cualquier solicitud presentada.
- En una compra entre particulares, documenta el reparto económico pactado del impuesto ya devengado.
¿Quién paga el impuesto de circulación si vendo el coche durante el año?
Para un vehículo ya existente, el IVTM se devenga el primer día del año natural. Por ello, la referencia es quien conste como titular en el permiso de circulación el 1 de enero. Comprador y vendedor pueden pactar un reparto económico, pero ese pacto no modifica por sí mismo el devengo legal.
¿Los kW del coche sirven para calcular el IVTM?
No directamente. En los turismos, la tarifa se aplica por caballos fiscales o CVF. La potencia fiscal se calcula conforme al Reglamento General de Vehículos y figura en la tarjeta ITV o certificado de características.
¿Por qué dos coches similares pagan distinto impuesto de circulación?
Porque el IVTM lo gestiona el ayuntamiento del domicilio que figura en el permiso de circulación. Cada municipio puede aplicar coeficientes a las cuotas estatales y aprobar bonificaciones con sus propios requisitos.
¿Un coche ECO o Cero emisiones tiene bonificación automática?
No necesariamente. Las bonificaciones medioambientales dependen de la ordenanza municipal y pueden incluir requisitos de domicilio, fecha de matriculación, duración limitada y trámite de solicitud.
¿Qué ocurre con el IVTM al dar de baja definitiva un coche?
En la baja definitiva, la ley prevé el prorrateo de la cuota por trimestres naturales. Conviene conservar la documentación de la baja y comprobar con el ayuntamiento competente cómo se refleja en la liquidación.


